Se le llama garantía al contrato a través del cual se quiere dotar de una seguridad mayor al cumplimiento del pago de alguna deuda.
Las garantías son sumamente importantes para los consumidores debido a que posibilitan la seguridad y certeza de que, en caso de situaciones defectuosas que comprometan el funcionamiento correcto y adecuado del producto, los responsables de llevar a cabo la tarea cumplirán con su reparación a fin de que el producto pueda tener de nuevo las condiciones adecuadas y óptimas para utilizarse.
Los importadores, vendedores, productores y distribuidores del producto son los responsables y encargados del cumplimiento y del otorgamiento de la garantía legal. Si el producto debe ser trasladado al taller o a la fábrica para que pueda ser reparado, entonces los gastos de seguro y de flete o cualquier otra demanda en el transporte están a cargo de quien se responsabiliza de la garantía.
Si existe algún desperfecto, no se debe exigir el cambio del producto por otro nuevo, a menos que esté expresado previamente en la garantía. La responsabilidad del proveedor es arreglar el producto y entregarlo en correcto estado de funcionamiento.
Indice
Tipos de garantía
Garantía Personal
A través de la garantía personal, un individuo garantiza el hecho de que pagará una deuda al comprometerse a dicha acción en caso de que el deudor principal no cumpla con su obligación.
La garantía personal también se conoce con el nombre de contrato de fianza, este es una convención de garantía personal en la cual un tercero que no forma parte del negocio principal garantizado, se compromete a responder de manera solidaria o subsidiaria el cumplimiento ante el acreedor, tomando el puesto del deudor quien es el que está obligado a pagar, en caso de que el antes mencionado no cumpla con la deuda.
El contrato de fianza es meramente consensual y gratuito debido a que es perfeccionado por la sencilla manifestación de voluntad del fiador que es aceptada por el acreedor, sin importar que el deudor lo ignore, lo quiera o lo conozca.
Garantía Real
La garantía real es distinta de la garantía personal. Esta es un negocio jurídico accesorio o un contrato que se relaciona directa e inmediatamente al acreedor con la cosa tratada que se sujeta especialmente al cumplimiento de una obligación principal específica. Al cumplirse los requisitos constitutivos, la garantía real se convierte en sí misma en un derecho real.
En los supuestos de garantía real, el acreedor tiene un poder especial sobre la cosa que pone seguridad a su derecho y añade la reipersecutoriedad, ésta se basa en un poder especial de restitución independiente de las situaciones y de los sujetos en que la cosa gravada pueda estar involucrada. La garantía real le da permiso al acreedor para apropiarse de la venta forzosa de la cosa gravada, esto con la finalidad de pagar y de realizar la deuda garantizada.
Garantía Financiera
Una garantía financiera se conoce como un tipo de garantía real en la cual existe un efectivo en cuenta o un instrumento financiero, esto se destina a garantizar que se cumplirán las obligaciones financieras. Es por esto que el objeto de la garantía financiera que se vaya a aportar debe coincidir exclusivamente en lo siguiente:
- Efectivo: Este es el dinero que se abona en la cuenta de cualquier divisa.
- Valores negociables y demás instrumentos financieros: Estos se encuentran definidos en la Ley del Mercado de Valores y también en sus normas de desarrollo junto a todo derecho indirecto o directo sobre los mismos.
- Derechos de crédito: Estos son los derechos pecuniarios que se derivan relacionándose a una entidad de crédito que entrega un crédito a manera de contrato de préstamo o de crédito en sí.
Garantía Constitucional
La garantía constitucional es el derecho que todos los ciudadanos se reconocen a través de la Constitución política que tiene un Estado.