El término consecuencia se define como un efecto de un suceso determinado, una circunstancia o una decisión.
Partiendo de este punto de vista se puede asegurar que una consecuencia es prácticamente un efecto que se produce por alguna causa. Por esto se habla de consecuencias de un evento, de acciones personales o de una relación lógica.
Indice
Tipos de Consecuencia
Consecuencia Ética
La consecuencia ética es la virtud en la que el comportamiento de los individuos va en concordancia con las opiniones que ellos mismos emiten. Es opuesta a la hipocresía.
Consecuencia Lógica
La consecuencia lógica se conoce como la relación que existe entre la conclusión y las premisas de un argumento deductivamente válido.
La relación que tiene la consecuencia lógica se trata de un concepto central a la misma lógica. La misma tiene dos características que son aceptadas de forma general y esas son su formalidad y su necesidad.
La consecuencia lógica se subdivide en dos partes:
- Consecuencia Semántica
En esta parte la conclusión se conoce como una consecuencia lógica de las premisas cuando no es posible que las mismas sean verdaderas y cuando la conclusión dada es falsa.
Expresado de manera más precisa, la consecuencia semántica se da cuando la interpretación que hace verdaderas a las premisas, de igual forma hace verdadera a la conclusión.
- Consecuencia Sintáctica
En esta parte se presenta otra forma de caracterizar la relación que tiene la consecuencia lógica y es utilizando la teoría de la demostración.
Esta consiste en que una conclusión puede ser una consecuencia lógica de las premisas siempre y cuando haya una demostración de la conclusión que se origina con las mismas premisas.
Esto quiere decir que solamente cuando se utilicen las premisas, las reglas de inferencia que se permitan y los axiomas, entonces será posible poder construir una derivación de la conclusión.
Consecuencia Jurídica
Este tipo de consecuencia es el acto que resulta de las situaciones jurídicas que son reconocidas por las normas, estas sobrevienen gracias a la realización de los diferentes contemplados supuestos en el supuesto de hecho.
Por lo tanto una consecuencia jurídica es el resultado que se obtiene de la norma, y el hecho va de la mano con la norma contemplada.
Consecuencias Imprevistas
Las consecuencias imprevistas son las que se obtienen de resultados que no son anticipados ni que tampoco se esperan en la conducta y en la acción humana.
El sociólogo estadounidense Robert K. Merton fue quien se encargó de formalizar el estudio académico y emitió la definición del término, en el cual son los resultados que no están previstos, limitados imaginados Por la intención original del individuo.
Es común que esta situación se describe siguiendo al pie de la letra la Ley de las consecuencias imprevistas. Esta dicta que toda acción humana, mayormente las que influyen, envuelven y afectan a grupos de seres humanos a cantidades grandes pueden tener o van a tener consecuencias que no han sido calculadas ni anticipadas.
Consecuencialismo
El consecuencialismo es una teoría que tiene una fuerte referencia a las teorías que se derivan de la ética normativa.
Estas expresan que las consecuencias que se producen a causa de una acción y de los medios que se utilizan para llevar a cabo esa acción, son supuestamente la base de toda apreciación moral que se realice sobre esas acciones.
Por lo tanto, basándose en esta doctrina una acción que sea moralmente correcta es la que producía consecuencias buenas y al final llevará a hacer el bien.
Entre las teorías de las éticas consecuencialistas están algunas formas de utilitarismo que expresa que leas mejores consecuencias están destinadas para el número mayor. También está la teoría del egoísmo moral que dicta que las mejores consecuencias son para el individuo en sí mismo y la teoría de la ética del altruismo.