La familia adoptiva es la que acoge a uno o varios niños como tutela permanente a través de un proceso de adopción.
Está compuesta por los padres e hijos que no tienen ninguna afinidad sanguínea pero que crean una relación duradera y estable que se rigen en los principios del afecto.
Cuando se adopta se crea un vínculo de parentesco entre dos personas, donde se puede crear una relación de maternidad, de paternidad, o ambos.
Indice
Requisitos para poder adoptar a un menor
- El adoptante tienen que ser mayor de edad.
- Debe tener excelente capacidad de ejercicio en torno a los derechos civiles.
- No debe ser tutor en ejercicio del adoptado.
- Debe tener vías seguras para mantener al infante.
Tipos de adopción
Adopción simple
Es el tipo de adopción donde no se sustituye automáticamente los apellidos del infante adoptado por el apellido que poseen los padres actuales, sin embargo tienden a ocupar un lugar en la sucesión testamentaria junto con los hijos naturales.
Adopción plena
En este tipo de adopción el infante adoptado tienen un orden en la sucesión testamentaria como sucede en la adopción simple, sin embargo, el adoptante debe de reunir mucho más requisitos que en la adopción simple.
Familia adoptiva homopaternal
Sucede cuando el menor es adoptado por una pareja que tienen el mismo sexo, ya sea por dos hombre o por dos mujeres.
Este tipo de adopción es permitida en muchos países del mundo. En ocasiones, puede esta relación de los padres adoptivos influir en el desarrollo sexual del niño y en la religión.
Familia adoptiva por agencia
Es la familia que adopta a un niño a través de una agencia de adopción. Estas agencias en ocasiones, la familia biológica eligen de una gran lista los padres adoptivos que quieren para sus hijos, o los padres adoptivos también eligen el niño de una lista de huérfanos.
Aquí tanto un solo padre, o parejas bisexuales o heterosexuales pueden adoptar a un infante.
Familía adoptiva de padrastro o madrastra
Ocurre cuando solo un miembro del matrimonio adopta legalmente a un menor como hijo propio. Este acto puede lo realizar el hombre o la mujer.
Familia adoptiva abierta
Esta ocurre cuando los padres biológicos mantienen un contacto directo con los padres adoptivos de su bebe, donde los integran desde su embarazo hasta el día de su nacimiento, que es el día donde los padres biológicos le entregan a sus hijos a los padres adoptivos.
En estas familias los padres biológicos quedan en contacto con los niños, pero son tratados como padrinos o tíos, no como padres directo, y los mismos no tienen responsabilidad ni derecho alguno sobre el infante.
Familia adoptiva semi abierta
Es parecida a la anterior, pero una vez que el niño nace y es entregado a los padres adoptivos, se cierra por completo el contacto con los padres biológicos, quienes no saben donde está o que hace el infante.
Familia adoptiva cerrada
En este tipo de familia, los padres o el padre o madre que decide adoptar al infante, no conoce nada sobre la vida de este o sobre sus padres biológicos.
Del mismo modo los padres biológicos no conocen nada sobre los padres adoptivos.
Adopción en animales
Refiere al acto en que una persona o una familia decide en cuidar y criar un animal de un pariente, de una persona fallecida o de un animal sin dueño.
También sucede en que un animal mayormente hembra decide en criar a una criatura como si fuese engendro de ella, sucede en algunos perros, monos, gatos, etc.