El término divorcio proviene del latín divortium, esta palabra provista del prefijo dis, que significa separación o divergencia en diferentes sentidos y va a seguida de la raíz del verbo verto, que significa volver girar o hacer girar.
Indica una separación primitivamente indicaba una separación de un fuera de terrenos o de personas. Posteriormente en el derecho romano se estableció esta palabra para definir la separación de un matrimonio.
Se refiere a la disolución legal de un matrimonio, más no es válido Para algunas religiones. Suele diferenciarse de la separación, la cual depende de un ordenamiento jurídico en cada país. No se debe confundir con la anulación del matrimonio, pues este término se refiere al hecho de que el matrimonio nunca existió y por lo tanto no se encuentra regulado el ordenamiento jurídico en el derecho canónico o religioso.
Existen numerosas causas para un divorcio, entre ellas tenemos las causas psicosociales y económicas y las causas jurídicas. Las causas psicosociales y económicas aún son estudiadas cuidadosamente por psicólogos y sociólogos, pues se desea establecer una relación entre las actitudes, clase a la que pertenece a la familia y comportamiento de los cónyuges.
Por otra parte, según el ordenamiento jurídico de cada país las causas jurídicas para un divorcio pueden ser: la bigamia, la existencia de enfermedades físicas o mentales que ponen en riesgo la vida del otro cónyuge, violación de deberes inherentes al matrimonio, abandono y el mutuo disenso.
Indice
Tipos de divorcio
Divorcio administrativo
En los divorcios administrativos la sentencia sólo son dictadas por una autoridad jurisdiccional, en algunos casos se otorga este poder a otra autoridad. Por lo general para poder declarar el divorcio los solicitantes deben ser mayores de edad, estar de acuerdo en liquidar la sociedad conyugal.
Este proceso puede ser llevado por un juez familiar sin necesidad de probar la causa para pedir. Puede ser solicitado sólo por uno de los cónyuges manifestando su deseo de no crea continuar el matrimonio y la otra parte no desea romper el vínculo matrimonial. A la solicitud de divorcio del incluyen los montos de pensión alimenticia, la custodia de los hijos menores de edad si los hay, régimen de visita, repartición de bienes, entre otros.
Divorcio contradictorio o contencioso (Divorcio Controvertido)
Es aquel tipo de divorcio en el cual uno de los dos cónyuges no desea firmar el divorcio de presentación conjunta o no están de acuerdo. Este tipo de divorcio es largo y lleno de conflictos, es necesario probar las causas del divorcio.
Divorcio voluntario
También conocido como divorcio por mutuo consentimiento, es decir en este tipo de divorcio la voluntad de ambos cónyuges es la de disolver el vínculo. Tiene como finalidad de mostrar las causas del divorcio ante los tribunales.
El procedimiento es genérico, al estar de acuerdo ambos cónyuges solo es necesario presentar por escrito o verbalmente ante la autoridad judicial competente el divorcio para que este se decrete luego de seguir todos los pasos legales.
Divorcio por voluntad de una de las partes
Este tipo de divorcio requiere de una sentencia judicial para disolver el vínculo matrimonial. El procedimiento se inicia por la demanda o petición de alguno de los cónyuges sin el consentimiento del otro. En este caso el deseo de divorcio es suficiente para que este sea otorgado no requiere de prueba de hechos causales.
Divorcio sin el consentimiento de alguna de las partes
Este tipo de divorcio que hay solución se obtiene gracias a una sentencia judicial que pone fin al procedimiento de demanda establecido por uno de los cónyuges sin el consentimiento del otro. La sentencia determina la disolución del vínculo matrimonial.
En este caso es necesario presentar pruebas y hechos suficientes (causales de divorcio) para que la ley los considere como suficiente para otorgar el divorcio.
Dependiendo del país se consideran como causales de divorcio:
- Abandono injustificado del hogar.
- Adicciones que afecten al núcleo familiar o a alguno de sus integrantes.
- Adulterio.
- Bigamia.
- Cese de la convivencia.
- Conductas que ponen en riesgo la integridad física o psicológica de los integrantes de la familia.
- Delitos en contra del conyugue o los hijos.
- Enfermedades de transmisión sexual incurables.
- Incitación al delito.
- Incumplimiento intencional de las obligaciones alimentarias.
- Ser sentenciado la pena judicial por un delito grave que no alcanza el beneficio de la libertad condicional o la fianza.
- Violencia intrafamiliar.
Divorcio incausado
Es un tipo de divorcio Exprés aceptado en algunos países del mundo, no requiere el consentimiento de alguno de los cónyuges ni de la expresión de causas para el divorcio sea aprobado por el juez de forma inmediata o rápida.
Generalmente primero se establece el divorcio y luego todas las consideraciones que se deben tomar en cuenta al disolver el matrimonio como la pensión alimenticia el derecho convivencia y la custodia de los menores.